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En base a la normativa nacional y después de constantes diálogos con empresarios de transporte, la comuna huamanguina aprobó tres ordenanzas que normarán el transporte público y privado en la ciudad de Ayacucho, a fin de evitar la propagación del Covid-19 e iniciar con la reactivación económica de este sector.

Implementación de protocolos

En primer lugar, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 16-2020 – MPH/ A, que tiene por objetivo la implementación de protocolos sanitarios y lineamientos sectoriales aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el reinicio de las actividades de este sector.

Así, tanto transportistas como usuarios deberán cumplir con las siguientes normas: ambos deberán respetar el uso de la mascarilla y el distanciamiento social, para lo cual no deberán exceder el 50% de la capacidad de aforo del vehículo, siendo obligatorio la señalización para este fin.

Por su parte, los transportistas deberán realizar pruebas para covid-19 a los conductores que se reincorporen a sus actividades. Diariamente se realizará el control de temperatura corporal a los conductores y llevar un registro. Los transportistas están obligados a brindar las condiciones mínimas para que los conductores cuenten con lavaderos de mano para el aseo de la jornada, y deben dotar alcohol en gel, mascarillas, paños de limpieza, así como desinfectantes. Además, los transportistas y conductores están obligados a desinfectar y limpiar sus vehículos.

Están excluidos de esta norma los vehículos con placa especial de emergencia en cumplimiento de sus funciones, los vehículos oficiales, policiales y diplomáticos; carrozas fúnebres, grúas, vehículos oficiales de auxilio o que estén acreditados para efectuar acciones frente al COVID-19.

El incumplimiento de la presente norma contempla sanciones que van entre el 10% y 50% del UIT, siendo las infracciones más graves la prestación del servicio de transporte sin contar con la autorización correspondiente, el incumplimiento de los protocolos sanitarios sectoriales, así como exceder el 50% del aforo en la norma.

Restricción del tránsito vehicular

En segundo lugar, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 14-2020 – MPH/ A, que restringe el tránsito vehicular en vías del área urbana. De esta manera, vehículos particulares y de transporte público no podrán circular en días determinados.

Según el último digito de la placa única:

  • Números pares (incluido el cero) no podrán circular por las vías urbanas del distrito metropolitano los días lunes, miércoles y viernes.
  • Números impares no podrán circular los días martes, jueves y sábado.
  • El domingo está restringido el transporte en vehículos, producto de la inamovilidad social decretado por el Gobierno.

El incumplimiento de las restricciones viales establecidas en la presente, tipifica la infracción al tránsito de código G-10, y de ser el caso la G-60, conforme al Cuadro de Tipificación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC.

Prohibición del transporte púbico en motos lineales

En tercer lugar, se aprobó la Ordenanza Municipal N° 13-2020 – MPH/ A, que modifica la Ordenanza Municipal N°029-2018-MPH/A, en sus artículos 1 y 2.  En ese sentido, estará prohibida la prestación de servicios de transporte público en vehículos menores, motos lineales, a la vez que estará prohibido el uso de la vía pública como paradero informal.

Esta normativa se sustenta en la necesidad de evitar el contacto físico de personas como medida para evitar la propagación del coronavirus por el uso del trasporte público. Por ello, además de restringir la prestación del servicio en motos lineales, se prohíbe la circulación de motos particulares con dos o más personas juntas.

Las sanciones por incumplir estas disposiciones municipales, van del 10% al 50% de la UIT, contemplando, además, el internamiento del vehículo.

Cumplimientos de requisitos

Por su parte, los transportistas de las diferentes modalidades, vienen trabajando para cumplir con los requisitos necesarios para que puedan empezar a ofrecer sus servicios. Hasta el momento, vienen acondicionando sus unidades de transporte según los lineamientos de los protocolos sanitarios, para ser verificados por la Gerencia de Transportes de la comuna huamanguina.

Finalmente, deberán registrarse en el sistema integrado para Covid-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud, específicamente en el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 en el trabajo.

Para el éxito de la reactivación de este sector, el papel de los usuarios del transporte público será fundamental. En ese sentido, se recomienda a la ciudadanía a usar las mascarillas durante el uso del transporte público. En caso de toser o estornudar, cubrirse la boca y nariz con el antebrazo, para luego desinfectarse. Se recomienda evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca, y, sobre todo, se recomienda mantener hábitos de limpieza.

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